Has recibido una propuesta de liquidación.
Hacienda corrige importes o datos de tu declaración. Antes de alegar, hay que identificar exactamente qué ajustes propone y por qué.
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Si te reconoces en alguna de estas situaciones, antes de improvisar conviene saber qué tienes delante y qué consecuencias puede tener cada paso.
Hacienda corrige importes o datos de tu declaración. Antes de alegar, hay que identificar exactamente qué ajustes propone y por qué.
Ya existe un acto de liquidación con cuantías y plazos propios. La estrategia de recurso y la de pago o suspensión deben analizarse por separado.
El cálculo puede depender de ingresos, gastos, deducciones, imputaciones o justificantes que Hacienda ha interpretado de otra forma.
Criterio jurídico · Defensa tributaria en España
Comprueba si es una propuesta de liquidación provisional o una resolución.
Contrasta base imponible, ajustes, ejercicios, importes e intereses con lo declarado y con los justificantes. Una diferencia calculada no explica por sí sola su fundamento.
Estudia qué hechos y normas invoca Hacienda para corregir tu declaración y qué documentación puede acreditar otra interpretación.
Valora alegaciones si aún hay propuesta y, ante una liquidación, la vía de recurso o reclamación que proceda. Recurrir la deuda no la suspende automáticamente.
Confundir una propuesta con una liquidación definitiva y dejar pasar el trámite en el que aún puedes discutir los ajustes.
Notificación completa, declaración presentada, datos fiscales, liquidación o propuesta recibida, justificantes de los importes discutidos y comunicaciones anteriores.
Estas pautas son generales; la respuesta adecuada depende del acto notificado y del expediente. Conoce al abogado que estudiará el asunto. Referencias: Ley General Tributaria: notificación y motivación de las liquidaciones ↗.
Si considero que continuar no merece la pena, también te lo diré.
Una consulta no es una promesa de ganar ni un trámite comercial. Es tiempo dedicado a examinar tu situación, explicarte los riesgos y definir el siguiente paso.
Quiero analizar mi caso →240 € IVA incluido · Sin compromiso de contratar despuésRevisamos si estás ante una propuesta, una liquidación o una comunicación de comprobación, y el plazo que corresponde.
Comparamos declaraciones, cifras, documentos y fundamentos jurídicos de la regularización.
Valoramos alegar, recurrir, aportar prueba o solicitar la suspensión cuando proceda, sin confundir sus efectos.
No necesitas tenerlo todo resuelto. Necesitas entender bien el problema que vas a poner sobre la mesa.
Es la expresión habitual para referirse a una regularización o cálculo alternativo al declarado por el contribuyente. Debes comprobar si lo recibido es una propuesta o una liquidación notificada, porque sus efectos no son iguales.
Por regla general, una liquidación tributaria notificada puede impugnarse por las vías y en los plazos indicados en el propio acto. Una propuesta suele abrir, en cambio, un trámite de alegaciones previo a la resolución.
No de forma automática cuando se trata de una deuda tributaria. La suspensión requiere examinar el procedimiento y las condiciones legales, que pueden incluir garantías o supuestos específicos de dispensa.
Puedo revisar por qué han emitido la liquidación y cuáles son las alternativas.
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